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Producciones nacionales

Según se establece en el actual REF, las producciones o coproducciones españolas pueden acceder a una deducción (tax credit) del 40% respecto el primer millón invertido, y del 38% para el resto del presupuesto de la producción, pero con un límite: la deducción total en su conjunto nunca podrá superar los 5’4 millones de euros. Unos porcentajes realmente atractivos en comparación, por ejemplo, a los que se aplican en el resto del país, que son de 20 % y 18%, respectivamente.

 

40% primer millón

 

38% para el resto el presupuesto

 

Límite hasta 5'4 millones de euros

Pero para que una producción española se pueda acoger a estos incentivos en Canarias tiene que obtener el Certificado de Obra Nacional Española, el Certificado de Obra Audiovisual Canaria y un documento de Obra Cultural determinando que se trata de una obra que promueve los aspectos culturales.

  • Al menos un 75% de los autores, actores y equipo técnico debe tener la nacionalidad española o de cualquiera de los países de la Unión Europea

  • Que la obra se realice en una de las lenguas oficiales del Estado

  • Que los rodajes estén hechos en territorio español, salvo por exigencias del guion

  • Tener de nacionalidad española

  • La empresa debe estar inscrita en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias

  • Rodar un mínimo de once días de la primera unidad en interiores o exteriores en cualquiera de las islas del archipiélago, con determinadas excepciones para cortometrajes, documentales y películas de animación

  • Contratar al menos un jefe de equipo o un actor principal o secundario

     

En este punto es donde entran en juego lo que se denomina como Agrupaciones de Interés Económico (AIE). La inversión puede realizarse directamente por una productora o vehiculada a través de esta entidad, que consiste en la unión de diversas empresas que invierten de manera conjunta en la producción de una obra cinematográfica determinada. Cuando la producción es llevada a cabo por una AIE, el crédito fiscal generado por la deducción puede ser transferido a las empresas que la integran, los socios, en función al porcentaje del capital que han pagado, consiguiendo de esta manera que empresas ajenas al sector audiovisual inviertan en la producción de películas.

 

Jaime Sanz indica que se trata de un aspecto muy interesante ya que ambas partes salen beneficiadas. La productora que lleva a cabo la película no puede aprovechar esta deducción, ya que no tiene suficientes impuestos, de manera que obtiene el capital de las entidades pertenecientes a la AIE que sí pueden aprovechar estos créditos fiscales. Las empresas de la AIE se ahorran impuestos, y la productora obtiene financiación.

 

Las producciones que se pueden beneficiar de estos incentivos fiscales son tanto largometrajes para el cine, como series de ficción, animación y documental. Y en este caso, lo bueno es que dentro de los gastos de deducción se incluye prácticamente todo, desde los gastos de la producción tales como el equipo técnico, creativo, alquiler de material, etc., hasta los de publicidad y marketing.

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